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Archivo 1997-2009

2011-09-03 | Antecedentes | Indoamericano

Chile.

Interculturalidad en Educación Superior. Proyecto de Acuerdo del Senado.

'Soliitar a S.E. el Presidente de la Republicas: 1. El establecimiento de universidades interculturales. Supone que los programas de formación universitaria contemplen la enseñanza de los idiomas indígenas, y cátedras que aborden su historia, y la realidad en que estos pueblos se encuentran, incorporando soluciones acorde a sus necesidades, y sus propios saberes, de acuerdo a lo establecido en el Convenio 169 de la OIT y también en la Ley indígena."


SENADO DE LA REPUBLICA DE CHILE

Boletín N° S. 1.395-12, 18 de Agosto, 2011

Proyecto de Acuerdo de los Honorables Senadores, señor Gómez, señoras Allende, Alvear, Perez San Martín y Rincón y señores Bianchi, Cantero, Chahuán, Escalona, Frei, Girardi, Lagos, Larraín Fernández, Letelier, Muñoz Aburto, Navarro, Pizarro, Quintana, Rossi, Ruiz-Esquide, Sabag, Tuma, Walker, don Ignacio, Walker, don Patricio, y Zaldívar, sobre el establecimiento de una educación intercultural que incluya a los pueblos indígenas.

1. El Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas, establece que los pueblos interesados deberán tener el derecho de decidir sus propias prioridades en lo que atañe al proceso de desarrollo, en la medida en que éste afecte a sus vidas, creencias, instituciones y bienestar espiritual y a las tierras que ocupan o utilizan de alguna manera, y de controlar, en la medida de lo posible, su propio desarrollo económico, social y cultural. .

Además, dichos pueblos deberán participar en la formulación, aplicación y evaluación de los planes y programas de desarrollo nacional y regional susceptibles de afectarles directamente. El mejoramiento de las condiciones de vida y de trabajo y del nivel de salud y educación de los pueblos interesados, con su participación y cooperación, deberá ser prioritario en los planes de desarrollo económico global de las regiones donde habitan. Los proyectos especiales de desarrollo para estas regiones deberán también elaborarse de modo que promuevan dicho mejoramiento (Art. 7, N° 1 y 2).

Cuando los programas de formación profesional de aplicación general existentes no respondan a las necesidades especiales de los pueblos interesados, los gobiernos deberán asegurar, con la participación de dichos pueblos, que se pongan a su disposición programas y medios especiales de formación (Art.22).

Asimismo, se deberá establecer que las autoridades competentes deben asegurar la formación de los miembros de los pueblos indígenas, y que los programas y los servicios de educación destinados a éstos deben desarrollarse y aplicarse con su cooperación, a fin de responder a sus necesidades particulares, y deben abarcar su historia, sus conocimientos y técnicas, sus sistemas de valores y todas sus demás aspiraciones sociales, económicas y culturales. También, que los gobiernos deben reconocer el derecho de estos pueblos a crear sus propias instituciones y medios de educación, y facilitar recursos apropiados con tal fin (Art. 27).

Del mismo modo, deberán adoptarse disposiciones para preservar las lenguas indígenas de los pueblos interesados y promover el desarrollo y la práctica de las mismas (Art.28). También los gobiernos deberán adoptar medidas acordes a las tradiciones y culturas de los pueblos interesados, a fin de darles a conocer sus derechos y obligaciones, especialmente en lo que atañe al trabajo, a las posibilidades económicas, a las cuestiones de educación y salud, a los servicios sociales y a los derechos dimanantes del citado Convenio (Art. 30, N° 1 y 2).

Por último, se establece que deberán adoptarse medidas de carácter educativo en todos los sectores de la comunidad nacional, y especialmente en los que estén en contacto más directo con los pueblos interesados, con objeto de eliminar los prejuicios que pudieran tener con respecto a esos pueblos. A tal fin, deberán hacerse esfuerzos por asegurar que los libros de historia y demás material didáctico ofrezcan una descripción equitativa, exacta e instructiva de las sociedades y culturas de los pueblos interesados (Art.31).

2. La ley indígena N° 19.253 establece que el Estado reconoce el derecho de las poblaciones indígenas a mantener y desarrollar sus propias manifestaciones culturales (Art. 7 O ) . Este reconocimiento, respeto y protección de las culturas e idiomas indígenas contemplará: a) El uso y conservación de los idiomas indígenas, junto al español en las áreas de alta densidad indígena; b) El establecimiento en el sistema educativo nacional de una unidad programática que posibilite a los educandos acceder a un conocimiento adecuado de las culturas e idiomas indígenas y que los capacite para valorarlas positivamente (Art. 28, a y b). Además, la Corporación (CONADI), en las áreas de alta densidad indígena y en coordinación con los servicios u organismos del Estado que correspondan, desarrollará un sistema de educación intercultural bilingüe a fin de preparar a los educandos indígenas para desenvolverse en forma adecuada tanto en su sociedad de origen como en la sociedad global. Al efecto podrá financiar o convenir, con los Gobiernos Regionales, Municipalidades u organismos privados, programas permanentes o experimentales (Art. 32).

3. La Constitución Política de Chile establece entre los deberes y derechos constitucionales la libertad de enseñanza (Art. 19 N° 11), y la protección e incremento del patrimonio cultural de la nación.

Una de las mayores aspiraciones de los pueblos indígenas en materia de educación es la enseñanza de sus idiomas, cultura, y de sus historia en las universidades, y la creación de universidades interculturales, que combinen saberes ancestrales y científicos, posibilitando su complementación en distintos ámbitos, en busca del desarrollo de los pueblos indígenas. Ellos sostienen que en la actualidad se encuentran sin mecanismos concretos para decidir e influir en su propio desarrollo, a partir de los saberes y conocimientos de su cultura.

En particular, la propuesta de crear una Universidad Mapuche financiada por el Estado, que plantea desarrollarse en un contexto curricular mapuche, pero abierta a toda la sociedad. Este sería un proyecto muy antiguo de la sociedad mapuche, que nace en 1910, con la Sociedad Caupolicán y se retoma en los 40' con la Corporación Araucana; posteriormente en los años 70' con la Federación de Estudiantes Indígenas y en los 90' con los Hogares Indígenas y ahora con la Federación Mapuche de Estudiantes.

Por lo anterior, y en mérito de lo expuesto,

El Senado acuerda lo siguiente:

Solicitar a S.E. el Presidente de la República don Sebastian Piñera Echeñique tenga a bien realizar las gestiones necesarias para incluir dentro de las propuestas de mejoramiento del sistema de Educación Superior en Chile, los siguientes aspectos:

1. El establecimiento de universidades interculturales. Supone que los programas de formación universitaria contemplen la enseñanza de los idiomas indígenas, y cátedras que aborden su historia, y la realidad en que estos pueblos se encuentran, incorporando soluciones acorde a sus necesidades, y sus propios saberes, de acuerdo a lo establecido en el Convenio 169 de la OIT y también en la Ley indígena.

2. El Establecimiento de mecanismos adecuados y recursos adicionales para financiar instituciones y medios de educación indígenas, de acuerdo a lo establecido en el artículo 27 del Convenio 169 de la OIT.

3. El reconocimiento jurídico de los Hogares Indígenas e implementación de una Política pública que garantice la estadía de los estudiantes indígenas durante todo el año académico de educación superior

4. La reestructuración del sistema de Beca Indígena, considerando el aumento en calidad y en cobertura de beneficiarios, para todos los niveles de enseñanza, especialmente el de postgrado.

Fuente: Centro de Políticas Públicas

 Campañas

2013-06-23

Celebrar Wiñol Xipantu

Junto a los Presos Políticos Mapuche en la Cárcel de Angol

Les esperamos el sábado 22 de junio a partir de las 10°° am. en la cárcel de Angol. Invitamos a todas las Comunidades Mapuche, a las organizaciones de nuestro pueblo y a tod@s quienes solidarizan con nuestra justa lucha a compartir con nosotros la bienvenida al nuevo ciclo que se avecina celebrando juntos el tradicional Wiñol Xipantu, que para nosotros llegará en este frío lugar en el que nos toca recibirlo ya que el estado quiere mantenernos encerrados por ejercer dignamente nuestra lucha y asumiendo los costos de reconstruir nuestro Pueblo-Nación Mapuche. Presos políticos Mapuche Cárcel de Angol. ¡Wewaiñ!!
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2013-06-27

Reconstruimos el año que regresa desde nuestra creencia Mapuche

Puñantuaiñ Wiñol Xipantv Mapuche Ñi Feyentvn

Gente mapuche y gente amiga de todos los pueblos, el sábado 22 de Junio desde las 12:00 hrs en la Plaza Yungay, Santiagowarria; queremos invitarlos a celebrar nuestro año nuevo, el Wiñol Tripantu o We Tripantu. Programa: 12:00 a 13:30 PICHIKECHE: Aprendamos a cocinar comida mapuche con los niños. 13:30 a 14:30 YAFUTUIÑ: Compartamos alimentos entre todos los asistentes. 14:30 a 15:30 PICHIKECHE: Aprendamos a bailar purrun con los niños. 15:30 a 17:00 NUTRAMKAWÜN: Conversación abierta sobre el sentido y la experiencia de celebrar el We Tripantu. 17:00 a 17:30 TEATRO: Presentación extracto de la obra mapuche “Aukarayen”, del colectivo Rume Mulel. 17:30 a 18:00 PURRUN: Presentación de bailes mapuche a cargo del grupo Rayen Mapu Durante toda la jornada habrá una Muestra permanente del trabajo de Artesanos Mapuche.
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2013-07-02

Encarcelados por el estado chileno

Los 28 presos políticos Mapuche

Preso Político Mapuche es todo aquel Mapuche privado de libertad y/o en proceso, producto de su participación en acciones que apunten a la reconstrucción del Pueblo-Nación Mapuche, entendiendo por tal los procesos de recuperación de tierras y/o ejerciendo Control Territorial sobre predios recuperados, acciones de resistencia ante la represión policial, así como las movilizaciones que apunten a la reivindicación de los Derechos Políticos del Pueblo Mapuche.
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2013-08-24

Pilmaiken, la Resistencia de Kintuante

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2013-10-02

Declaración pública

Comunidad de Historia Mapuche ante el Fondo de Investigación Avanzada en Áreas Prioritarias (FONDAP)

Diversos integrantes de la Comunidad de Historia Mapuche, más personas, organizaciones y comunidades de nuestro pueblo, hemos seguido con preocupación la conformación del Centro Interdisciplinario de Estudios Interculturales e Indígenas financiado por el Fondo de Investigación Avanzada en Áreas Prioritarias (FONDAP) de la Comisión Nacional de Investigación Científica y Tecnológica (CONICYT), que se adjudicó 4000 millones de pesos para investigación en temas indígenas.
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2013-10-02

Kom che ñi kimael

Comunidad de Historia Mapuche ante el Fondo de Investigación Avanzada en Áreas Prioritarias (FONDAP)

Fey ñi zewmagen ti Centro Interdisciplinario de Estudios Interculturales e Indígenas kujiñmanielu Fondo de Investigación Avanzada en Áreas Prioritarias (FONDAP) de la Comisión Nacional de Investigación Científica y Tecnológica (CONICYT) gelu Chile mapu mew, ti pu che wirintukuyelu ñi üy zoy naüqtu feypiyiñ:
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2013-11-17

Introducción a la lengua mapuche, con notas comparativas y un CD

Mapudungun. El habla mapuche

Tres características de este libro lo hacen único. En primer lugar, combina la accesibilidad para un público amplio con el rigor técnico, proporcionando numerosas ayudas para que el lector interesado en profundizar alguna materia sepa dónde hacerlo. En segundo lugar, ningún otro libro acerca del mapudungun incluye un número tan elevado de ejemplos comentados que hayan sido tomados de tantas otras lenguas del mundo. Finalmente, el disco compacto que acompaña a este volumen tiene el propósito de guiar al lector en la pronunciación de los sonidos y las oraciones del mapudungun.
Libros Centro de Estudios Públicos
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2013-11-17

Four Directions Teachings

FourDirectionsTeachings.com honors oral traditions by creating an environment where visitors are encouraged to listen with intent as each elder/ traditional teacher shares a teaching from their perspective on the richness and value of cultural traditions from their nation.
Four Directions Teachings
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2013-11-25

Eduardo Galeano

El despreciable origen de “Thanksgiving”

Después de que el ejército regresó tras asesinar a los hombres, mujeres y niños de la aldea india, el gobernador proclamó un día de fiesta y un festín para dar gracias por la masacre. Además, exhortó a otras colonias a seguir su ejemplo– es decir, cada otoño, después de la cosecha, vayan y maten indios y celebren su muerte con un banquete
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2013-12-18

No a al hidroelectrica en el rio Pilmaiken

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2014-03-29

ADKIMVN

SPOT: Empresas Forestales 1

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2014-03-29

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SPOT: Empresas Forestales 2

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2014-03-29

ADKIMVN

SPOT: Empresas Forestales

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Quieren Destruir los bosques y rios de El Bolson y la Patagonia Andina


La Realidad Mapuche en Youtube


Benetton y los mapuche


¿Qué es la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas?


Aprenda Mapunzugun, el idioma Mapuche, via Internet: comprenda el contexto sociocultural- linguístico e interétnico del Pueblo Mapuche.