La Comisión Mapuche de Derechos Humanos y la Corporación de Promoción y Defensa de los Derechos del Pueblo CODEPU-, con apoyo del Colegio de Profesores A.G. y la Central Unitaria de Trabajadores -CUT- de la provincia de Concepción, denuncian lo siguiente:
La actual represión que enfrentan comuneros, dirigentes y profesionales mapuche y, en general, la mayoría de las comunidades mapuche en conflicto, ponen en evidencia a un sistema que tiende a resguardar los intereses de particulares y empresas transnacionales, en desmedro de la demanda de restitución de derechos políticos y territoriales del Pueblo Mapuche. Una de las consecuencias de esta represión se refleja en los tribunales chilenos civiles y militares- que actualmente mantiene a cerca de cien mapuche imputados o procesados, algunos en libertad provisional y otros detenidos como en los siguientes casos:
- Juan y Enrique Millalen Milla, detenidos en la Cárcel de Collipulli.
- Aníbal Salazar Huichacura y Julio Huentecura Llancaleo, detenidos
en la Cárcel de Temuco.
- Héctor Llaitul Carrillanca, Avelino Meñaco Lincopi,
Manuel Fren Casanova y Nancy Millanao Painemil, detenidos en la Cárcel
El Manzano de Concepción.
Todos ellos con requerimientos por Ley de Seguridad Interior del Estado.
Por ello, demandamos:
I. TERMINO A LAS IRREGULARIDADES EN LOS PROCESOS JUDICIALES:
Entre algunas situaciones de carácter irregular que configuran vicios en los procesos judiciales se encuentran:
1. Dobles procesamientos: contraviniendo un principio básico
en materia penal del “non bis in idem”, es decir, por un mismo hecho se
llevan dos procesos. Algunos de estos casos son:
- la aplicación de la Ley de Seguridad Interior del Estado y
el proceso por homicidio frustrado e incendio a comuneros mapuche de Collipulli
y Ercilla
- aplicación de la Ley de Seguridad Interior del Estado y proceso
por Maltrato de Obra a Carabineros que sustancia Fiscalía Militar
en el caso de dos comuneros mapuches del sector Lleu Lleu de la zona
de Arauco.
2. Utilización de declaraciones judiciales y extrajudiciales
obtenidas bajo condiciones que contravienen seriamente normas nacionales
e internacionales como base para iniciar y sostener un proceso judicial,
como en los siguientes casos:
- Incomunicación prolongada a detenidos, situación que
debió enfrentar Pedro Maldonado Urra de la comunidad Catrío
Ñancul de Collipulli, quien estuvo incomunicado 14 días,
agravado por el hecho de que al momento de su detención se encontraba
afectado por serios problemas de salud físicos y psicológicos.
- Declaraciones obtenidas bajo presión y amenazas para que los
mapuche se inculpen e inculpen a otros mapuche, tal es el caso de Pedro
Maldonado y recientemente el caso de Nancy Millano Painemil de la comunidad
Pascual Coña del sector Lleu Lleu.
- Detenciones y toma de declaraciones en lugares ilegales, como en
los casos de al menos tres personas de la comunidad Pascual Coña
del sector Lleu Lleu, lugar donde Nancy Millanao fue objeto de amenazas
por por parte de policía de civil.
- Detenciones arbitrarias y maltrato físico y psicológico
a los detenidos por parte de policías civiles y uniformados.
Un caso significativo y demostrativo es el vivido en enero en la comunidad
Pascual Coña del sector Lleu Lleu, donde las detenciones realizadas
fueron hechas sobre la base de allanamientos llevados a cabo por un gran
contingente policial civiles y uniformados- y sin orden judicial,
disparos de balines dirigidos directamente al cuerpo (con resultado de
dos personas hospitalizadas) y lanzamiento de bombas lacrimógenas
en forma desproporcionada.
Más grave resulta aún la participación de policía de civil en estos procedimientos -lo que confirman en el plano judicial y niegan públicamente-, quienes realizaron amenazas de muerte e insultos racistas reconocidos por los mismos, incluso en los careos llevados a cabo ante el Ministro Instructor de la Corte de Apelaciones de Concepción, el cual no dejó constancia en el proceso.
II. UN RECONOCIMIENTO A LA CALIDAD DE PRESOS POLÍTICOS MAPUCHE:
Si bien la Ley de Seguridad Interior del Estado se aplicó por primera vez en contra de los mapuche en 1997, hoy con el requerimiento presentado por el gobierno por el caso de Lleu Lleu (enero del 2001), se confirma que con la aplicación de esta “ley especial” se está llevando a cabo una persecución y juicio político hacia un sector del Pueblo Mapuche que desde las comunidades en conflicto se confronta a un sistema económico, político y social impuesto; es así como hoy se realiza una persecución política a lonkos y werken de comunidades, dirigentes y profesionales mapuche. Como ya se señaló, actualmente los mapuche detenidos se encuentran sometidos a procesos judiciales irregulares y sin garantías carcelarias mínimas a su condición de presos políticos.
Por lo anterior, DEMANDAMOS LA PRONTA LIBERACION DE TODOS LOS PRESOS
POLITICOS MAPUCHE y hacemos un llamado a la comunidad nacional e
internacional a estar atentas para desarrollar acciones de solidaridad
en favor de las personas y comunidades mapuche que llevan a cabo sus justas
luchas.
COMISION MAPUCHE DE DERECHOS
HUMANOS
C O D E P U
COLEGIO DE PROFESORES A.G.
C.U.T. Provincia de Concepción
CHILE, Abril del 2001.